viernes, 25 de junio de 2010

BASES DEL III CAMPEONATO DE CONFRATERNIDAD YAUYINA RUMBO A LA MODERNIDAD 2010

ASOCIACIÓN PROVINCIAL YAUYOS
Fundada el 16 de noviembre de 1954 Av. Malecón Checa Eguiguren 849-Urb. Zarate Tlf. 4591175

BASES DEL CAMPEONATO DE LA ASOCIACIÓN PROVINCIAL YAUYOS

I. BASES LEGALES
II. OBJETIVOS
III. ORGANIZACIÓN Y DENOMINACIÓN
IV. INSTITUCIONES PARTICIPANTES
V. DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS DEPORTISTAS
VI. DESARROLLO DEL CAMPEONATO
VII. DE LOS PUNTOS
VIII. DE LOS JUGADORES
IX. DE LOS ÁRBITROS
X. DE LOS RECLAMOS
XI. DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEPORTIVA Y TRIBUNAL DE APELACIÓN DEPORTIVA
XII. DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
XIII. DE LA ASISTENCIA SOCIAL
XIV. ARTÍCULOS COMPLEMENTARIOS.

REGLAMENTO DE PASES DE LOS DEPORTISTAS.
I. BASES LEGALES

Art. 1 Reglamentos oficiales de la Federación Peruana de Fútbol y Vóley.
Art. 2 Estatuto de la Asociación Provincial Yauyos.
Art. 3 Reglas oficiales de Arbitraje – FIFA – FIVB.
Art. 4 Bases del presente campeonato APY-2010.
Art. 5 Acuerdo en Asamblea de Delegados.
Art. 6 Plan Anual de trabajo - Consejo Directivo.

II. OBJETIVOS
Art. 7 Difundir y practicar el deporte, propiciando el acercamiento, la hermandad, el bienestar de los pueblos Yauyinos y equipos asociados, sin discriminación creando una base sólida para el progreso de la Asociación Provincial Yauyos, buscando nuevos valores (fútbol y vóley). Considerando que el deporte es un poderoso instrumento de valoración humana.

III. ORGANIZACIÓN Y DENOMINACIÓN
Art. 8 El presente evento deportivo es organizado por el Consejo Directivo de la Asociación Provincial Yauyos, a través de la Comisión de La Secretaría de Deportes.
Art. 9 El campeonato se denominará “III CAMPEONATO DE CONFRATERNIDAD YAUYINA RUMBO A LA MODERNIDAD”. XX CAMPEONATO DE FUTBOL, XVIII CAMPEONATO DE VÓLEY, IV CAMPEONATO DE FÚTBOL Y VÓLEY MASTER 2010.
Art. 10 El campeonato se desarrollará en las instalaciones del Complejo Deportivo de la Asociación Provincial Yauyos, ubicado en Cajamarquilla.
Art. 11 La duración del campeonato se basará en la cantidad de equipos inscritos, dando inicio el Domingo 16-05-10 con la inauguración e iniciando el campeonato el 13-06-10.

IV. INSTITUCIONES PARTICIPANTES
Art. 12 Todas las instituciones inscritas a la Asociación Provincial Yauyos, las mismas que están divididas en Primera división y Segunda división, y/o Máster en cada disciplina de conformidad con el resultado final del campeonato 2009.
Art. 13 Las instituciones estarán representadas por cualquiera de sus 3 delegados de su institución debidamente registrados y acreditados con su respectivo carné.
Art. 14 Todas las instituciones afiliadas a la Asociación Provincial Yauyos deberán participar obligatoriamente con sus dos disciplinas deportivas, la categoría de Máster Fútbol y Vóley (por asociados y/o representativos de lo pueblos).
Art. 15 Los requisitos para la participación de las instituciones son:
a) Estar al día con las cotizaciones mensuales hasta el mes de mayo.
b) Cancelar todas sus deudas.
c) Abonar por derecho de inscripción la suma de S/. 500.00 nuevos soles (300.00 nuevos soles categoría libre y 200 nuevos soles categoría máster).
d) Fijar el emblema Institucional y el color de su uniforme.
Art. 16 Todas las instituciones afiliadas a la Asociación Provincial Yauyos están obligadas a participar en el desfile de inauguración del presente campeonato (futbol y vóley) con un mínimo de 7 deportistas en futbol y 5 en vóley debidamente uniformados. Los que no asistan se harán acreedores a una multa de S/. 200.00 nuevos soles. Y su cancelación será antes del inicio del campeonato.

V. DE LA INSCRIPCION DE LOS DEPORTISTAS
Art. 17 Para los jugadores nuevos, la inscripción es personal y con la presencia de su delegado.
Art. 18 Todos los jugadores registrados en la base de datos de la Asociación Provincial Yauyos están
automáticamente inscritos. Las transferencias se sujetarán al reglamento
Art. 19 Los deportistas participantes serán: yauyinos, descendientes yauyinos, los cuales defenderán a las instituciones de su preferencia; los hijos políticos defenderán a la institución del distrito de donde su cónyuge procede, de no participar el distrito de su procedencia jugará por la institución de su preferencia, incluyendo máster.
Art. 20 Para efectos de inscripción de los deportistas nuevos, deben presentar el original actualizado y copia de los siguientes documentos:
a) Para los yauyinos.
· DNI para los adultos yauyinos.
· DNI y/o partida de nacimiento para los menores de edad. Además, la autorización de sus padres.
· Adjuntar tres fotografías recientes tamaño carné (ficha, padrón y carné).
b) Para los descendientes yauyinos
· Partida de nacimiento
· DNI y/o partida de nacimiento para menores
· Documentos originales que acrediten ser descendientes yauyinos.
· Documentos actualizados con antigüedad no menor de 6 meses.
c) Para los hijos políticos
· DNI
· Partida de matrimonio civil original, actualizado.
· Documento sustentatorio del cónyuge (DNI-partida de nacimiento).
· En caso de ser conviviente, deberá presentar partida de nacimiento de un hijo y declaración jurada
de convivencia.
Art. 21 El número de los hijos políticos será limitado para fútbol y para vóley, en el campo de juego participarán 3
en fútbol y 2 en vóley (categoría libre y máster).
Art. 22 La edad mínima para participar en fútbol será de 14 años y en vóley será de 12 años; para ello
presentarán la autorización de los padres o apoderados. Máster hasta el año de 1970.
3
Art. 23 Un deportista está debidamente inscrito y apto para jugar cuando además de cumplir lo estipulado en los
artículos pertinentes, presenta una ficha y carné consignando sus datos y su firma, así como la del
Presidente de su Institución. El carné queda habilitado cuando lleva los sellos y las firmas del Presidente y
la Secretaría de Deportes de la Asociación Provincial Yauyos. El carné será enmicado.
Art. 24 La inscripción de los deportistas será hasta antes de finalizar la primera rueda.
Art. 25 Todo deportista que es seleccionado(a) para representar a la Asociación Provincial Yauyos, lo hará en
forma obligatoria, de no cumplir, será sancionado con cuatro fechas de suspensión.
Art. 26 Los Presidentes de las Instituciones presentarán una declaración Jurada de sus deportistas que se
encuentren aptos para la práctica del futbol y del vóley.

VI. DESARROLLO DEL CAMPEONATO
Art. 27 La Secretaría de Deportes entregará al Presidente de Mesa; las planillas, manual de funciones, enseres, materiales deportivos, entre otros, en cada fecha.
Art. 28 Los partidos serán controlados por el Presidente de Mesa y por los delegados de los equipos que estén jugando dicho encuentro. Los presidentes de Mesa deben ser los delegados de cada institución,alternando de primera a segunda y viceversa, en dos turnos y no remunerado. En vóley, solamente serán designados los planilleros.
Art. 29 Son funciones del Planillero, Presidente de Mesa, y Delegados:
a) Verificar la identidad de los delegados mediantes el carné.
b) Recibir al inicio del encuentro la nómina de los jugadores, carnés enmicados, reteniéndolos hasta el final del partido.
c) Controlar y verificar la identidad de los jugadores.
d) Confeccionar debidamente y en orden las planillas de juego y firmar.
e) Hacer cumplir estrictamente las bases del presente campeonato.
f) Dejar constancia por escrito en las planillas de juego sobre todo lo sucedido a la hora de los partidos.
g) Recibir informes, quejas, observaciones de los delegados y árbitros.
h) Retener los carnés de los jugadores con TR y observados; entregándolos a la Secretaría de Deportes con cargo.
Art. 30 Los delegados pueden ejercer sus derechos, previa identificación, ante el Presidente de Mesa (planillero) y no podrán ser reemplazados por otro documento.
Art. 31 Todos los delegados realizaran las funciones de Comisión de Control y Presidente de Mesa, durante sus partidos de fútbol y vóley.
Art. 32 Son funciones de la Comisión de Control durante el partido:
a) Apoyar al Presidente de Mesa en sus funciones.
b) Verificar la presentación de balones en buen estado, dando cuenta al Planillero.
c) Informar y firmar en las planillas de juego.
d) Verificar el cumplimiento de las Bases.
Art. 33 La programación de los partidos de las dos primeras fechas se realizarán por sorteo, a partir de la tercera fecha, se tomará en cuenta la sumatoria de los puntos de ambos equipos, teniendo en cuenta que no se crucen sus partidos en ambas disciplinas.
Art. 34 La programación de los partidos de cada fecha se publicará normalmente los domingos anteriores de cada semana teniendo en cuenta el orden de los partidos, día, hora y campo.
Art. 35 La Secretaría de Deportes elaborará el FIXTURE general de los partidos de Fútbol y Vóley.
Art. 36 Se aplicarán las reglas vigentes de la FIFA y FIVB con las modificaciones siguientes:
a) La tolerancia para iniciar cada partido será de 10 minutos a excepción del primer partido en cada fecha que serán de 15 minutos.
b) Para dar inicio a un partido de fútbol, los equipos deben presentar a siete (7) deportistas y en vóley a cinco (5), como mínimo; en caso contrario se declarará perdedor por W.O.
c) Durante los partidos de fútbol, se podrán realizar hasta cinco cambios.
d) Los partidos tendrán una duración de 25 x 30 con 5 minutos de descanso; teniendo en cuenta la hora programada.
e) En la final se jugarán tiempo reglamentario de 45 x 45 con 15 minutos de descanso, categoría libre.
f) Los partidos de vóley se jugarán en dos sets ganados aplicando el sistema rally point 25-25; en caso de empate se jugará un 3er set juego de 1-15 puntos.
g) En la semifinal y final de vóley Libre y Máster se jugarán a tres (3) set ganados.
h) Los equipos que hagan 3 W.O. consecutivamente o 5 W.O. alternados dejarán de participar en el
presente Campeonato.
i) En caso de iniciar con siete (7) jugadores, en futbol y cinco (5) jugadoras en vóley y pierde un
jugador(a) se declarará W.O. técnico
Art. 37 El sistema de juego del campeonato será de dos ruedas por categorías divididas en dos grupos cada categoría todos contra todos, más la liguilla, incluido Máster.

VII. DE LOS PUNTOS
Art. 38 El puntaje de fútbol será acumulativo desde la primera hasta la última fecha de la segunda rueda, de la siguiente manera.
a) Para el equipo ganador 3 puntos.
b) Para el caso de empate 1 punto.
c) Para el equipo perdedor 0 puntos.
Art. 39 El puntaje de vóley será acumulativo desde la primera hasta la última fecha de la segunda rueda, de la siguiente manera.
a) Para el equipo ganador 2 puntos.
b) Para el equipo perdedor en campo 1 punto.
c) Para el equipo perdedor por W.O. 0 puntos.
Art. 40 En la disciplina de fútbol, cuando un club gana su partido por W.O. Se le considerará dos goles a favor y cero en contra. El equipo perdedor por W.O. se le adjudica cero goles a favor y dos en contra.
Art. 41 En vóley, cuando un equipo gana su partido por W.O. se le considerará dos sets a favor. Cada set de 25
puntos a favor y ningún set en contra. Al equipo perdedor por W.O. se le adjudica cero puntos a favor y
dos sets en contra de 25 puntos cada una.
Art. 42 Para determinar la ubicación de los equipos en la tabla de posiciones (futbol) se tendrá en cuenta, el siguiente orden:
a) Mayor puntaje a favor
b) Mayor diferencia de goles a favor
c) Más goles a favor
d) Menos goles en contra
Art. 43 Para determinar la ubicación de los equipos en la tabla de posiciones (vóley) se tendrá en cuenta , el siguiente orden:
a) Mayor puntaje a favor
b) Mayor diferencia de set a favor
c) Mayor diferencia de puntos a favor

VIII. DE LOS JUGADORES
Art. 44 Un jugador sólo puede representar a un equipo. De ser detectado jugando en otro será inhabilitado por el
resto del campeonato. El equipo por el que jugó antirreglamentariamente perderá los puntos obtenidos en
donde intervino el jugador infractor y sr hará acreedor de la multa respectiva.
Art. 45 El Capitán(a) del equipo deberá presentarse con un distintivo reglamentario que lo identifique como tal.
Art. 46 Ningún jugador(a) excepto el capitán(a) podrá dirigirse a reclamar al árbitro durante el juego.
Art. 47 Los jugadores deberán presentarse correctamente uniformados, los números que los identifiquen deber
ser grandes que contrasten con el color de la camiseta, de tal manera que se haga fácil su identificación,
caso contrario no participarán. Los cambios de jugadores determinan el cambio de número de camiseta.

Art. 48 Es requisito indispensable el carné del jugador expedido por la Asociación Provincial Yauyos. Los clubes
quedan obligados a identificar a sus deportistas con el original de sus documentos de identidad (DNI) en caso de ser observados.
Art. 49 Todo jugador(a) que presenten doble afiliación o inscripción quedará suspendido por 5 años bajo absoluta responsabilidad del jugador.
Art. 50 En caso de no presentar la totalidad de carné en fútbol, se dará una tolerancia hasta antes de iniciar en segundo tiempo, caso contrario perderá por W.O. técnico, así mismo los deportistas no podrán hacer abandono de terreno de juego en el entretiempo hasta su identificación. En vóley, tendrá un tolerancia para presentar los carnés hasta faltando un punto para terminar el partido, caso contrario perderá por W.O.
técnico.
Art. 51 Para participar en la liguilla, en ambas disciplinas y todas las categorías, el deportista deberá haber
participado un 50% de número de partidos, como mínimo, durante el campeonato.
Art. 52 Los deportistas firmarán la planilla al finalizar el 1er. Tiempo y los que tienen que ingresar durante el 2do.
Tiempo, firmarán antes de hacer su ingreso al partido.

IX. DE LOS ARBITROS
Art. 53 Los árbitros no iniciarán un partido o reanudarlo si consideran que la presencia de persona(s) en las cercanías del campo de juego dificultan su labor.
Art. 54 Los partidos serán dirigidos por Árbitros oficiales y sus fallos son inapelables.
Art. 55 En caso que el árbitro suspenda el desarrollo de un partido de fútbol o de vóley, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, el tiempo pendiente se jugará de acuerdo al dictamen de la comisión de justicia y la programación lo realizará la Secretaria de Deportes, debiendo mantener los equipos a los jugadores que actuaban en el momento de la suspensión, sin los expulsados si los hubiese.
Art. 56 Los árbitros informarán por escrito al Presidente de Mesa de turno su informe sobre los incidentes del partido, las causas que motivaron su postergación a la suspensión de su desarrollo, inmediatamente después de finalizar el mismo en la Planilla de Juego bajo responsabilidad.
Art. 57 Los árbitros no permitirán la participación de deportistas en estado etílico y/o problemas de salud bajo su responsabilidad. No permitirán a deportistas sin protección de canilleras en el caso de fútbol.
Art. 58 Los árbitros rotarán permanentemente y estarán en constante evaluación por la Asociación Provincial Yauyos.

X. DE LOS RECLAMOS
Art. 59 Toda observación será realizada verbalmente ante el Presidente de Mesa, antes de finalizar el partido, por el Delegado acreditado, finalizando el encuentro no hay lugar a observación.
Art. 60 Los delegados, que hicieron su observación, tendrán 5 minutos de tolerancia después de terminado su partido, para formalizar su observación por escrito en las planillas de juego y dar inicio a su reclamo.
Art. 61 Hecha la observación en la planilla se ratificará mediante un documento (oficio) dirigido al Presidente de la Asociación Provincial Yauyos hasta antes del día martes 8:00 p.m., adjuntando el recibo de pago por concepto de reclamo ( S/. 30.00). Si el reclamante tiene razón, se hará la devolución del dicho pago.
Art. 62 Proceso a seguir sobre anomalías en un partido:
A) Los reclamos por suplantación de jugador (es) se denunciará en la Mesa de Control durante el
desarrollo del partido. El Presidente de Mesa comunicará inmediatamente al Árbitro para que ordene al jugador observado, que al finalizar el primer tiempo o el encuentro se acerque a la Mesa de Control, debiendo presentar sus documentos originales (DNI) y demás datos solicitados llenando la hoja de
datos ante el Presidente de Mesa. En caso que el jugador se negara y no presente sus documentos, se hará constar en la planilla de juego como suplantación. Perdiendo los puntos en disputa, además, de la multa y sanciones respectivas.
B) En el caso que el deportista se presente en la Mesa de Control, deberá llenar la hoja de datos portando su DNI. Si durante el desarrollo del partido y por motivos de fuerza mayor no presentase ningún documento de identidad, lo deberá hacer el día que la Comisión de Justicia Deportiva lo cite en las oficinas de la Asociación Provincial Yauyos conjuntamente con su Delegado; para que la Comisión de Justicia, el Presidente de Mesa y la Comisión de Control verifiquen y comprueben su participación en el partido.
Art. 63 Todo reclamo sustentado será investigado por la Comisión de Justicia y/o Tribunal de Apelación emitiendo
su dictamen.
Art. 64 Todos los reclamos probados son retroactivos en:
a) Adulteración de documentos
b) Suplantación

XI. DE LA COMISION DE JUSTICIA DEPORTIVA Y TRIBUNAL DE APELACIÓN DEPORTIVA
Art. 65 La Comisión de Justicia Deportiva estará integrada por tres Delegados nombrados en Asamblea antes de iniciar el campeonato.
Art. 66 El Tribunal de Apelación Deportiva estará integrada por tres Delegados nombradas en Asamblea antes de iniciar el campeonato.
Art. 67 La Comisión de Justicia deportiva es el ente encargado de conocer y resolver todos los reclamos deportivos de los clubes participantes así como la denuncia de hechos que involucren a Directivos, Delegados y Jugadores.
Art. 68 Para las resoluciones en caso de reclamo o apelación se dará un plazo prudencial de 15 días calendarios contados a partir de la fecha de recepción de documentos.
Art. 69 En caso que la Comisión de Justicia Deportiva no resuelva en el plazo correspondiente, pasará directo al Tribunal de Apelación sin pago alguno.
Art. 70 En la fecha final, la Comisión de Justicia Deportiva y tribunal de apelación deberá estar presente en los partidos; en caso de dictaminar algún reclamo lo hará dentro de los 30 minutos después de terminado el partido, no habiendo derecho a apelación.
Art. 71 De haber apelación al fallo de la Comisión de Justicia Deportiva, será procedente dentro de 72 horas de leído el dictamen, para tal efecto se enviará un documento oficial (oficio) y copia del recibo de pago, dirigido al Presidente de la Asociación Provincial Yauyos, quien a su vez derivará al Tribunal de Apelación para resolver el caso.
Art. 72 Para que las resoluciones de ambos entes tengan efecto legal deberán estar firmada por simple mayoría, ser leído en Asamblea de Delegados, publicados en las oficinas de la Asociación Provincial Yauyos y a las Instituciones involucradas se le dará la copia del fallo emitido.

XII. DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
Art. 73 De los jugadores, SON CAUSALES DE SANCIONES:
a) Por agresión física al Árbitro, miembros de Mesa y Directivos de la Asociación Provincial Yauyos, serán sancionados con inhabilitación por todo el campeonato (previo informe en planilla de juego) del
Presidente de Mesa y Comisión de Control.
b) Jugadores que originen agresión física no advertida por el Árbitro serán evaluados y sancionados por la Comisión de Justicia y Comisión de Control.
Art. 74 De los delegados
a) Directivos, Delegados o jugadores de las Instituciones que participen en suplantación, adulteración o falsificación de documentos se les aplicara el Art. 75, inciso c), d), e), y f) y separación definitiva.
b) Delegados e hinchas de las Instituciones que agredan al Árbitro, miembros de Mesa o Directivos de la Asociación Provincial Yauyos; sus Instituciones serán multadas con el Art. 75, inciso c), d), e), f) y h)
Art. 75 La escala de sanciones económicas serán los siguientes y pagadas por las Instituciones.
a) Por ausencia como Comisión de Control S/. 30,00
b) Por W.O. (fútbol, vóley, máster) S/. 30,00
c) Por suplantación de jugador(a) S/. 5000,00
más expulsión del delegado.
d) Por adulteración de documentos S/. 5000,00
Más expulsión del delegado
e) Por indisciplina Directivos APY S/. 500,00
f) Por indisciplina Directivos y delegados de las Instituciones (grescas, agresiones, etc.) S/. 500,00
g) Por indisciplina de jugador(as)(grescas, agresión, estado etílico, etc.) S/. 500,00
h) Por indisciplina de asociados de las Instituciones debidamente identificados (grescas,
agresión, escándalo, desorden, etc.) S/. 200,00
i) Por no desfilar en la inauguración del Campeonato S/. 200,00
j) Por no presentar balón o presentar en mal estado. S/. 15,00
k) Por no participar en el presente campeonato S/. 2000,00
l) Por no participar en la categoría Máster. S/. 500,00
m) Por no participar en la liguilla y final por W:O: S/. 500,00
n) Por no participar en una disciplina. S/. 1000,00
NOTA: Las multas se pagarán a la semana siguiente de su partido, no se hará devolución de los Carnés si no pagan sus multas.

XIII DE LA ASISTENCIA SOCIAL
Art. 76 En caso de ocurrir alguna lesión producto del juego casual en el partido, las Instituciones colaborarán solidariamente a cubrir los gastos médicos, sustentados documentadamente, según dictamen de la Comisión de Justicia previo informe del Presidente de Mesa y del árbitro en la planilla de juego.
Art. 77 Las lesiones con acto intencional o agresión en el campo corre por cuenta de la Institución al cual pertenece el jugador agresor de acuerdo al Dictamen de la Comisión de Justicia, previo informe del Árbitro,
Presidente de mesa y Comisión de Control.
Art. 78 Durante el campeonato, el botiquín médico estará permanentemente en el campo de juego, su
implementación será cubierta por las Instituciones con el aporte de su administración con la suma de S/. 30.00 nuevos soles, pago único en la Secretaría de Economía, incluyendo a la Directiva de la Asociación Provincial Yauyos.

XIV. ARTÍCULOS COMPLEMENTARIOS
Art. 79 Los pagos de multas y otros se realizarán en la Secretaria de Economía de la Asociación Provincial Yauyos durante la semana siguiente de haber jugado su partido, en caso de incumplimiento, se retendrán los carnés de los deportistas hasta que se realice el pago correspondiente.
Art. 80 La presente base y reglamento tendrá vigencia para el próximo campeonato (2011).
Art. 81 Las Comisiones deportivas cesan sus funciones con la culminación del presente campeonato.
Art. 82 Para ser reconsiderado algunos artículos de la presente base y/o reglamento deberá solicitar por escrito con el 30% de las Instituciones participantes.
Art. 83 Cualquier punto no contemplado en la presente Base será resuelto en la asamblea de delegados.
Art. 84 La Comisión de Justicia Deportiva y el Tribunal de Apelación Deportiva solamente resolverán los temas
relacionados con los resultados de los partidos de fútbol y/o voleibol, otorgando o restando puntajes,
declarando ganador o perdedor de un partido, determinando la continuación ó no de un partido por
suspensión según el art. 55º ó situación que lo amerite, actuando según el inc. B del art. 62º,
determinando sobre el periodo de suspensión del deportista por tarjetas amarillas y/o rojas ó según el art.
73º, y actuar en los casos señalados en el art. 76º y 77º.
Art. 85 En los temas que estén relacionados con las sanciones establecidas en el Capitulo XII, con excepción del art. 73º, y otras que merezcan sanciones que estén contempladas en el estatuto, serán derivados a los Órganos de Justicia de la Asociación Provincial Yauyos quienes actuaran conforme a las atribuciones que le otorga el estatuto.

REGLAMENTO DE PASES DE LOS DEPORTISTAS DEL APY
Art. 1 El presente Campeonato establecerá las normas que se adecuarán a las Bases del Campeonato que
organiza el APY.
Art. 2 En el presente Campeonato, la transferencia de jugadores será ilimitado.
Art. 3 Todo jugador (a) afiliado correctamente de cualquier institución pagará un derecho por su pase o
transferencia al Club de Origen.
Art. 4 Los requisitos para la transferencia son:
a) Los delegados solicitarán en la Secretaría de Economía una ficha de transferencia y carné que serán
llenados según los requisitos.
b) El Club Receptor pagará por derecho de transferencia la suma de S/. 100.00 nuevos soles como máximo y de institución a institución y por la ficha de Transferencia pagará un costo de diez soles(10.00). (Categoría Libre).
c) El Presidente del Club de Origen firmará la ficha de transferencia del deportista transferido; en caso de negarse a firmar intervendrá el Presidente del APY.
Art. 5 Cumplido todos los requisitos del ART. 4. La Secretaría de Deportes habilitará los carnés respectivos.
Art. 6 Las Instituciones que no participen en el Presente Campeonato, sus deportistas podrán solicitar su pase directamente en las oficinas del APY, cumpliendo los incisos a), b) y c) del ART. 4.

Lima, 30 de Mayo del 2010

La Comisión.


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